El Ministerio de la Producción estableció que el límite máximo de captura de ese recurso sea 48,212 toneladas.
El Ministerio de la Producción estableció el régimen provisional de pesca del recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus) julio 2021 – junio 2022, así como el límite máximo de captura en 48,212 toneladas.
Así lo estableció a través de la Resolución Ministerial Nº 00174-2021-Produce, publicada en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.
La norma autoriza la realización de actividades extractivas del citado recurso desde las 00:00 horas del 01 de julio de 2021 hasta el 30 de junio de 2022, en el área marítima comprendida desde el extremo norte del dominio marítimo del Perú y los 07°00’ Latitud Sur.
Asimismo, se estableció el Límite Máximo de Captura Total Permisible (LMCTP) de la merluza para el referido periodo en 48,212 toneladas.
También se señala que el límite máximo puede modificarse en función a la disponibilidad del recurso merluza, previo informe del Instituto del Mar del Perú (Imarpe).
Flota artesanal
La participación de la flota artesanal en el presente Régimen Provisional de Pesca no está sujeta a la asignación de un límite de captura del recurso Merluza, salvo el cumplimiento de las medidas de ordenamiento pesquero que se dicten para proteger el proceso reproductivo y la regulación del esfuerzo pesquero.
La norma lleva la rúbrica del ministro de la Producción, José Luis Chicoma Lúcar.
FUENTE: Andina