Se establecería una veda del recurso entre noviembre y diciembre. También se precisa que la actividad pesquera se podrá realizar de enero a octubre de cada año.
El Ministerio de la Producción (Produce) propuso una cuota anual de 38.3 toneladas para la extracción de pulpo en Punta Coles (Moquegua) para el beneficio de la población local y el establecimiento de una veda del recurso entre noviembre y diciembre
Su planteamiento está contenido en la propuesta normativa “Medidas de Conservación y Ordenamiento para el aprovechamiento sostenible del recurso pulpo (Octopus mimus) en el ámbito de la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras – Punta Coles (RNSIIPG-Punta Coles), provincia de Ilo, departamento de Moquegua”.
Detalló que la iniciativa propuesta surgió de un trabajo articulado entre el Ministerio de la Producción, el Instituto del Mar del Perú (Imarpe), el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp) y el Gobierno Regional de Moquegua para la gestión sostenible del recurso en un área natural protegida, marina y costera.
Temporada de veda
De igual manera, se indica que la actividad pesquera se podrá realizar de enero a octubre de cada año, teniendo como temporada de veda los meses de noviembre y diciembre.
Agrega que para su inicio en este 2020, se requerirá de la publicación de Resolución de la Gerencia Regional de la Producción del Gobierno Regional de Moquegua, que aprueba el listado elaborado en coordinación con el Sernanp del Ministerio del Ambiente sobre las embarcaciones artesanales provistas de compresora de aire con permiso de pesca vigente y autorizadas a realizar la actividad.
En cuanto al desembarque, las embarcaciones autorizadas solo podrán realizarlo en el Desembarcadero Pesquero Artesanal (DPA) de Ilo y presentando el formato de desembarque del recurso pulpo.
Consideraciones para la pesca
También se establecen medidas como el de que los tripulantes y buzos artesanales deben contar con las habilitaciones otorgadas por la entidad competente para el desarrollo de su actividad.
Asimismo, la extracción de ejemplares se realizará respetando el peso mínimo de un kilogramo establecido en la Resolución Ministerial 209-2001-PE; se debe evitar la extracción de hembras que estén en custodia de huevos, y que la faena de pesca solo se realice una vez por día, entre otros.
Respecto a la vigilancia y la supervisión, la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Produce realizará el seguimiento del límite de captura establecido para el recurso pulpo en el ámbito de la RNSIIPG-Punta Coles, en coordinación con la Gerencia Regional de Producción (Gerpro) de Moquegua.
De igual manera, el Imarpe informará al Ministerio de la Producción del seguimiento de los indicadores biológicos, poblacionales y pesqueros del recurso pulpo (Octopus mimus), debiendo recomendar las medidas de manejo pesquero que resulten necesarias.
Capacitación a pescadores
Por último, se propuso que el Servicio Nacional de Sanidad Pesquera (Sanipes) realice un programa de capacitación para los pescadores artesanales en la zona de Ilo, sobre las Buenas Prácticas de manejo, higiene y saneamiento durante la captura, comercialización y transporte del recurso pulpo.
En el mismo sentido, la Dirección General de Pesca Artesanal del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción con el apoyo de Imarpe, Sernanp y con la Gerpro de Moquegua llevará a cabo un programa de capacitación para los pescadores artesanales en la zona de Ilo, sobre la biología y ecología del recurso pulpo en Punta Coles, así como sobre la pesca responsable, nuevas tecnologías para la pesca del pulpo, entre otros.
FUENTE: Andina