El Produce podrá suspender el régimen provisional de pesca establecido por razones de conservación del recurso.
El Ministerio de la Producción (Produce), estableció el régimen provisional de pesca del recurso merluza (Merluccius gayi peruanus) julio 2020-junio 2021, en el marco del cual se autoriza la realización de actividades extractivas del citado recurso desde las 00:00 horas del 01 de julio de 2020 hasta el 30 de junio de 2021, en el área marítima comprendida desde el extremo norte del dominio marítimo del Perú y los 07°00’ Latitud Sur.
Mediante Resolución Ministerial N° 188-2020-Produce, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se establece también el límite máximo de captura total permisible (LMCTP) para el régimen provisional de pesca de merluza julio 2020 – junio 2021 en 50,823 toneladas.
El LMCTP para este régimen podrá ser extraído no debiendo exceder el 30 de junio de 2021. Este límite podrá modificarse en función a la disponibilidad del recurso, previo informe del instituto del Mar del Perú (Imarpe).
El Produce podrá suspender el régimen provisional de pesca establecido por razones de conservación del recurso, en función a los factores biológicos-pesqueros y/o ambientales que estime el Imarpe.
La Dirección General de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Produce publicará, mediante Resolución Directoral, el listado de asignación de los Límites Máximos de Captura por Embarcación (LMCE) de merluza, correspondiente al régimen provisional de pesca del recurso para el régimen julio 2020-junio 2021.
FUENTE: Andina