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INDECOPI declaró improcedente denuncia de cinco empresas atuneras de Ecuador en contra del Ministerio de la Producción

09 de octubre de 2019
en Actualidad
Industriales pesqueros piden «revisión técnica» para pescar a menos de 5 millas en el sur del Perú
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  • Determinó que exigencia de entregar al Perú el 30% de las capturas efectuadas por las embarcaciones extranjeras no es barrera burocrática
  • De igual manera, indicó que no es una barrera burocrática la instalación de sistemas de pesaje en cada planta de procesamiento de recursos pesqueros

La viceministra de Pesca y Acuicultura, María del Carmen Abregú, indicó que la Comisión de Barreras Burocráticas del INDECOPI declaró improcedente las denuncias presentadas por cinco empresas atuneras de Ecuador, entre ellas Delipesca S.A., Induatun S.A., Tunaexport S.A., Senzer S.A. y Ecuaoceánica, en contra del Ministerio de la Producción (PRODUCE).

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Señalo que la entidad determinó que el ROP del Atún no establece expresamente ningún tipo de discriminación de su aplicación relacionada a si la captura se realiza en aguas jurisdiccionales peruanas o en aguas internacionales.

Por otro lado, hoy se prepublicó el proyecto de “Decreto Supremo que modifica el artículo 6 del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún, aprobado por D.S 032-2003-PRODUCE”, en la que se propone que las embarcaciones de bandera extranjera tienen el plazo máximo de 1 año, contado desde la entrada en vigencia de su permiso de pesca, la obligación de entregar como mínimo el 30% de lo capturado o de la capacidad de acarreo de la embarcación.

Sistemas de pesajes es legal

La viceministra Abregú también sostuvo que, mediante la Resolución N° 0465-2019/CEB-INDECOPI, la Comisión de Barreras Burocráticas del INDECOPI declaró que no constituye una barrera burocrática ilegal la obligación de instalar un sistema de pesaje en cada planta de procesamiento de recursos hidrobiológicos para los titulares de licencias de operación de plantas de procesamiento de productos pesqueros, conforme a la Resolución Ministerial N° 083-2014-PRODUCE.

“El motivo por el cual se ha rechazado esta denuncia radica en que PRODUCE estableció la obligación cuestionada en el ejercicio de sus atribuciones legalmente conferidas, respetando las formalidades establecidas por la ley y sin vulnerar el marco legal vigente”, finalizó.

Se debe señalar que la denuncia había sido presentada por Velebit Group S.A.C en contra del Ministerio de la Producción.

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