El Imarpe realizará investigación durante próximos 15 días o hasta alcanzar 175 toneladas como captura máxima.
El Ministerio de la Producción (Produce) autorizó al Instituto del Mar del Perú (Imarpe) iniciar la pesca exploratoria del recurso pejerrey (Odontesthes regia) por un período de 15 días o en su defecto hasta alcanzar las 175 toneladas como captura máxima para investigar o determinar el declive del desove de dicho recurso. La medida se dispuso mediante Resolución Ministerial (RM) 00330-2020 de Produce, publicada hoy en el diario El Peruano.
La pesca exploratoria entrará en vigencia este lunes y participarán las personas naturales o jurídicas que cuenten con permiso de pesca vigente para operar embarcaciones artesanales y cumplan con otras disposiciones.
Entre ellas, realizar esfuerzos pesqueros dirigido al recurso pejerrey, cambiar de zona de pesca en caso de enmallamiento de ovas de pejerrey y contar con sistemas o medios de preservación a bordo que garantice el estado de frescura e inocuidad del producto para el consumo humano directo.
Al igual que no arrojar al mar los recursos hidrobiológicos capturados incidentalmente, respetar las zonas reservadas y otras cuyo acceso esté limitado conforme las normas vigentes, debiendo entregar muestras biológicas de pejerrey al Imarpe y descargar obligatoriamente los recursos capturados en los puntos autorizados, entre otros.
Precisamente, la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura de Produce aprobará mañana el listado de los puntos de desembarque autorizados.
Se debe considerar que el trabajo de investigación permitirá determinar el estado actual del recurso pejerrey, con énfasis en la estructura por tamaños, tallas y evolución de los principales indicadores reproductivos con la finalidad de determinar el declive del desove de dicho recurso.
Finalmente, las embarcaciones pesqueras cuyos armadores incumplan las condiciones previstas en la presente Resolución Ministerial serán excluidas de la actividad de investigación, sin perjuicio del inicio del correspondiente procedimiento administrativo sancionador.
FUENTE: Andina