Diez exfuncionarios y servidores de la Direpro Piura y gobierno regional tendrían presuntas responsabilidades de tipo civil, penal y administrativo, según informe de control posterior No. 017-2019-2-5349, de la Oficina de Control Institucional (OCI) del gobierno regional de Piura.
La auditoría estuvo orientada a determinar si los procedimientos para la aprobación de permisos de pesca, cambio de titularidad de permisos de pesca y cambio de nombre de embarcaciones pesqueras artesanales y afines, cumplieron con la normativa vigente.
DE OTRAS REGIONES
La comisión auditora observó las solicitudes de trece armadores pesqueros, para el cambios de titularidad de permisos de pesca, y de nueve -de esos trece armadores- para la modificación de resolución autoritativa por cambio de nombre de embarcaciones pesqueras artesanales, que fueron aprobadas el 2018.
Según el informe de control ,
la Direpro Piura carecía de competencia para ello, porque los permisos de pesca primigenios fueron emitidos por gobiernos regionales de Lambayeque (2), Tumbes (7), Lima (2), Ica (1) y Arequipa (1). Y este otorgamiento, presuntamente irregular, afectó la legalidad de los procedimientos.
En el informe se atribuye presunta responsabilidad al entonces director regional de Producción, Agustín Campos Cisneros, quien suscribió y visó las resoluciones de aprobación de las solicitudes.
También de la exencargada de Asesoría Jurídica, María Verónica De Vinatea Zegarra, quien ante los informes del entonces director de Extracción y Procesamiento Pesquero, Luis Germán Castillo Rivera, recomendó tramitar las solicitudes de cambio de titular de permiso de pesca, sin importar la procedencia del permiso, siempre que se verifique se cumplan los requisitos exigidos por ley.
Esta opinión dista de las disposiciones de la resolución ministerial 491-2009-Produce, que corresponde a la base legal de los procedimientos administrativos para tales casos, se consigna en el informe de control.
SE PRIVILEGIÓ TUPA REGIONAL
“Esa resolución ministerial, en que control interno basa su determinación, es una resolución que por principio no fija requisitos, recomienda, pero no fue recogido en el TUPA de la región, que fue aprobado el 2013”, sostuvo el exdirector de la Direpro Piura, Agustín Campos Cisneros.
Remarcó que no se ha causado perjuicio económico ni daño de ningún tipo.
“Nosotros hemos privilegiado lo que dice el TUPA regional, aprobado por ordenanza regional”, indicó.
Resaltó que “no ha sido un incremento de flota, sino solo el cambio de titular; formalizar esa venta que se ha hecho y que quede registrada en Producción”.
PERMISOS DE PESCA
La comisión auditora observó tres solicitudes de permiso de pesca denegadas, que en el 2017 al momento de su registro informático en el Sistema de Formalización Pesquera Artesanal, contaban con el certificado de matrícula.
Sin embargo, la Direpro Piura sustentó su resolución para dos de ellas en la no presentación de fotografías de la embarcación, que muestren cada banda con el nombre y matrícula, contemplada en el Decreto Legislativo 1273, las cuales no eran exigibles.
Y para la tercera solicitud se exigió la vigencia del certificado de matrícula, cuyo procedimiento es competencia de Dicapi, se establece en el informe de control.
Con una muestra de seis resoluciones sobre permisos de pesca, la comisión auditora verificó que -a su criterio- no hubo un criterio uniforme en la evaluación, pues no en todos los casos exigieron el requisito de las fotos a las embarcaciones que contaban con un certificado de matrícula.
SE CONTRASTÓ INFORMACIÓN
Al respecto, la extitular de la Dirección Regional de Producción, Indira Fabián, indicó que si bien se alude a un tema de forma, como es la presentación de las fotos, en general para el otorgamiento del permiso de pesca contrastaban la información con los dos inventarios, realizados en campo en coordinación con los gremios, y aprobados por normativa regional.
“Los que están en inventario pasaban”, dijo, para agregar que de esta forma evitó que se otorguen permisos de pesca a numerosas “embarcaciones fantasmas”.
Estos hechos han ocasionado la no formalización de embarcaciones pesqueras artesanales de arqueo bruto de hasta 6.48 toneladas, que cumplían los requisitos establecidos en la normatividad, según el informe de control.
“ERROR”
Pero, la comisión auditora también identificó un permiso otorgado a una embarcación artesanal, que sobrepasó el arqueo bruto máximo de 6.48 toneladas, con un arqueo bruto de 6.61, incumpliendo lo establecido en el Decreto Legislativo 1273.
La resolución directoral regional 854-2018, del 30 de noviembre del 2018, fue rubricada por Campos Cisneros, sin la opinión legal previa de Asesoría Jurídica, según el informe de control.
En torno al tema, Campos Cisneros, dijo que “es un error en que hemos caído”.
“En cuanto a esa solicitud, ingresó al sistema de Produce, Producción Lima lo registra informáticamente, le da código, y lo tramita. El error ha sido no haber verificado y a todos se les ha pasado ese mayor tamaño”, dijo.
Refirió que ya se le pasó al responsable de la Dirección el pedido para que se anule el permiso, que debe tramitar a quien corresponda.
“Estos temas ya fueron dilucidados en una primera evaluación de control interno y este gobierno los ha vuelto a tomar”, expresó el exdirector regional de Producción.