PUBLICIDAD
miércoles, 21 de mayo, 2025
Revista Pesca & Medio Ambiente
PUBLICIDAD
  • Inicio
  • Nosotros
  • Ediciones
  • Actualidad
  • Notas de Prensa
  • Directorio
  • Eventos
  • Contáctenos
Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Inicio
  • Nosotros
  • Ediciones
  • Actualidad
  • Notas de Prensa
  • Directorio
  • Eventos
  • Contáctenos
Revista Pesca & Medio Ambiente
Sin resultados
Ver todos los resultados

Produce autoriza hasta el 31 de diciembre extracción de langostino

15 de diciembre de 2020
en Actualidad
Produce autoriza hasta el 31 de diciembre extracción de langostino

El transporte, comercialización y/o almacenamiento podrá realizarse siempre y cuando se cuente con documentación indubitable. (Foto:Andina)

Compartir en FacebookCompartir en LinkedinCompartir por Whatsapp

Así lo determinó a través de la Resolución Ministerial N° 00413-2020-Produce, publicada ayer en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.

Te recomendamos

Produce optimiza reglamento de inocuidad para pesca y acuicultura fortaleciendo la seguridad jurídica

El sector del plástico recuerda el papel estratégico del poliestireno expandido en los envases de pescado

Ministerio de la Producción anuncia “inversión histórica” en 2025 para pesca

El Ministerio de la Producción autorizó hasta el 31 de diciembre de este año la extracción de langostino, con la modificación a la temporada de pesca de este recurso hidrobiológico.

Así lo determinó a través de la Resolución Ministerial N° 00413-2020-Produce, publicada hoy en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.

El artículo 1 de la norma publicada hoy modifica el artículo 3 de la R.M. N° 305-2004-Produce, el cual queda redactado con el siguiente texto:

“Artículo 3.- Establecer el período comprendido entre el 01 de marzo hasta el 31 de diciembre como la nueva temporada de pesca, quedando prohibida su extracción desde las 00:00 horas del 01 de enero hasta las 24:00 horas del 28 o 29 de febrero de cada año, a fin de garantizar la conservación de este recurso.

El transporte, comercialización y/o almacenamiento podrá realizarse siempre y cuando se cuente con documentación indubitable y de fecha cierta que demuestre que el referido recurso haya sido extraído antes de la fecha de prohibición.”

Asimismo, el artículo 2 de la norma publicada hoy modifica el artículo 5 de la R.M. N° 305-2004-Produce, el cual queda redactado con el siguiente texto:

“Artículo 5.- Para efectos de la presente Resolución Ministerial, las especies incluidas bajo la denominación de langostino son las siguientes:

Nombre científico y común

  1. Litopenaeus vannamei (Langostino blanco)
  2. Litopenaeus stylirostris (Langostino azul)
  3. Litopenaeus occidentalis (Langostino blanco)
  4. Farfantepenaeus californiensis (Langostino café, langostino pata amarilla)
  5. Farfantepenaeus brevirostris (Langostino rojo)
  6. Xiphopenaeus riveti (Langostino titi, langostino pomada)
  7. Protrachypene precipua (Langostino pomada, langostino amarillo, chino)
  8. Sicyonia disdorsalis (Langostino duro, langostino cáscara dura)
  9. Sicyonia aliafinnis (Langostino duro, langostino cáscara dura)
  10. Rimapenaeus fuscina (Langostino cebra, langostino tigre)
  11. Rimapenaeus pacificus* (Langostino cebra)
  12. Rimapenaeus byrdi* (Langostino tigre)
  13. Trachysalambria brevisuturae* (Langostino fijador liso)
  • otras especies incluidas”.

Langostino café

La norma, también mantiene la vigencia de la R.M. N° 486-2016-Produce, que autoriza la actividad extractiva del recurso langostino café (Farfantepenaeus californiensis) en el ambiente marino y canales de marea del departamento de Piura, así como el transporte, comercialización y almacenamiento de este recurso, hasta que los indicadores biológicos que estime el Instituto del Mar del Perú (Imarpe) señalen el inicio de la actividad reproductiva.

También se establece que el Instituto del Mar del Perú (Imarpe) efectúa el monitoreo de la actividad extractiva y el seguimiento de los principales indicadores biológicos, poblacionales y pesqueros del recurso langostino, debiendo informar y recomendar oportunamente al Ministerio de la Producción las medidas de ordenamiento pesquero que correspondan. La norma lleva la rúbrica del ministro de la Producción, José Luis Chicoma Lúcar.

FUENTE: Andina

Etiquetas: langostinoMinisterio de la ProducciónPerúProduce

Relacionado Publicaciones

Sanipes fortalece gestión sanitaria incorporando enfoque de riesgos y optimizando fiscalización sanitaria priorizando a poblaciones vulnerables
Uncategorized

Sanipes fortalece gestión sanitaria incorporando enfoque de riesgos y optimizando fiscalización sanitaria priorizando a poblaciones vulnerables

12/05/2025
La producción mundial de harina y aceite de pescado aumenta año tras año
Uncategorized

La producción mundial de harina y aceite de pescado aumenta año tras año

06/05/2025
Empresarios exploran oportunidades de inversión en el Megapuerto de Chancay y otros sectores clave
Uncategorized

Empresarios exploran oportunidades de inversión en el Megapuerto de Chancay y otros sectores clave

24/04/2025
Perú consolida su feria líder en Tecnologías Alimentarias con la 7ma edición de FoodTech Ingredients
Uncategorized

Perú consolida su feria líder en Tecnologías Alimentarias con la 7ma edición de FoodTech Ingredients

21/04/2025
Perú concentrará más del 50% de la nueva capacidad portuaria del Pacífico latinoamericano en los próximos cinco años
Uncategorized

Perú concentrará más del 50% de la nueva capacidad portuaria del Pacífico latinoamericano en los próximos cinco años

15/04/2025
Culminó primera etapa de Monitoreo Ambiental Participativo 2025
Uncategorized

Culminó primera etapa de Monitoreo Ambiental Participativo 2025

15/04/2025

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Top Stories

Para fortalecer la seguridad alimentaria de casi 4 millones de consumidores Sanipes capacitó a más de 2300 agentes de pesca y acuicultura

Para fortalecer la seguridad alimentaria de casi 4 millones de consumidores Sanipes capacitó a más de 2300 agentes de pesca y acuicultura

20/05/2025
Día Nacional de la MYPE: impulso clave en la industria pesquera en el Perú

Día Nacional de la MYPE: impulso clave en la industria pesquera en el Perú

15/05/2025
PRODUCE otorga más de S/ 25 millones en créditos a maricultores de Sechura para impulsar el cultivo de conchas de abanico

PRODUCE otorga más de S/ 25 millones en créditos a maricultores de Sechura para impulsar el cultivo de conchas de abanico

15/05/2025
PUBLICIDAD

Somos la revista del sector pesquero más importante del Perú, con distribución en Ecuador. Nuestros esfuerzos están enfocados en la publicación de temas relacionados al sector pesquero y ambiental a nivel mundial. Nuestras líneas de investigación son realizadas por un staff de periodistas de reconocida trayectoria en el área ambiental y social de Latinoamérica.

Menú principal
  • Inicio
  • Nosotros
  • Ediciones
  • Actualidad
  • Notas de Prensa
  • Directorio
  • Eventos
  • Contáctenos
Menu
  • Inicio
  • Nosotros
  • Ediciones
  • Actualidad
  • Notas de Prensa
  • Directorio
  • Eventos
  • Contáctenos
Suscripción

¡Suscríbase a nuestra lista de correo para recibir actualizaciones diarias directamente en su bandeja de entrada!

Error occured. Please confirm your data and submit again:

Jr. José Olaya 253, Independencia
Celular: 51 934 148 813 / 51  914 964 657   E-mail: info@pescaymedioambiente.com

© 2024 Revista Pesca & Medio Ambiente – Desarrollado por Syscontrollers

Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Inicio
  • Nosotros
  • Ediciones
  • Actualidad
  • Notas de Prensa
  • Directorio
  • Eventos
  • Contáctenos

© 2020. Todos los derechos reservados. Desarrollado por Syscontrollers