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Ministerio de la Producción dispone medidas para fortalecer la pesca artesanal

13 de agosto de 2020
en Actualidad
Ministerio de la Producción dispone medidas para fortalecer la pesca artesanal

A través del Decreto Supremo Nº 015-2020-Produce, se modificó el Decreto Supremo Nº 006-2016-Produce. (Foto: cortesía)

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Desde ahora implementación de programas piloto estará a cargo de la Dirección General de Pesca Artesanal.

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El Ministerio de la Producción (Produce) dispuso hoy medidas para el fortalecimiento de la pesca artesanal en las cadenas productivas, con la finalidad de reforzar la política de formalización y desarrollo de dicha actividad pesquera.

A través del Decreto Supremo Nº 015-2020-Produce, se modificó el Decreto Supremo Nº 006-2016-Produce, que establece disposiciones generales para el fortalecimiento de la pesca artesanal en las cadenas productivas.

Por ello, la presente norma señala que ahora la implementación de los programas piloto estará a cargo de la Dirección General de Pesca Artesanal del Produce, cuando antes estaba bajo responsabilidad de la Dirección General de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto.

De esta manera, se realizan cambios a los artículos 4, 5 y 6 del Decreto Supremo Nº 006-2016-Produce, entre los cuales destacan:

“Artículo 4. La implementación de los Programas Piloto está a cargo de la Dirección General de Pesca Artesanal del Ministerio de la Producción”.

“Artículo 5. Requisitos y condiciones generales.
5.1 Las cooperativas pesqueras que participen en los programas piloto deben cumplir con los siguientes requisitos para el otorgamiento de permiso de pesca a los armadores que la integran en calidad de socios:
a) Solicitud dirigida al Director General de Pesca Artesanal con carácter de declaración jurada y obligatoria, señalando el número de partida registral en la que se encuentra inscrita la cooperativa pesquera que acredite estar constituida”.

“Artículo 6. Permisos de pesca
6.2 Para efectos de los programas piloto, la Dirección General de Pesca Artesanal otorga mediante resolución directoral, permisos de pesca a los socios de la cooperativa pesquera”.

El presente decreto supremo se publica en los portales institucionales del Produce (www.gob.pe/produce), del Ministerio de Defensa (www.mindef.gob.pe) y del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).

FUENTE: Andina

Etiquetas: Ministerio de la ProducciónPerúPescaPesca artesanalProduce

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