Permitirá que fiscalizadores verifiquen cumplimiento de criterios sanitarios establecidos en la normativa vigente.
El Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (Sanipes), adscrito al Ministerio de la Producción, aprobó el “Procedimiento técnico para el control oficial de sustancias contaminantes y/o residuales, en la acuicultura de peces y crustáceos”, contribuyendo a optimizar los mecanismos de fiscalización sanitaria que permitan asegurar la inocuidad de los productos hidrobiológicos salvaguardando la salud pública.
El documento, refrendado en Resolución de Presidencia Ejecutiva 001-2022-Sanipes/PE, permitirá que los fiscalizadores distribuidos en las oficinas sanitarias desconcentradas de Sanipes, verifiquen el cumplimiento de los criterios sanitarios por parte de los operadores de los centros de cultivo, los cuales están establecidos en la normativa vigente, relativos a la presencia o introducción de sustancias contaminantes y/o residuales en la acuicultura de peces y crustáceos.
El presidente ejecutivo de Sanipes, Johnny Marchán Peña, manifestó que el procedimiento, que fue elaborado por el “Programa de control de peces y crustáceos”, comprende desde la planificación, coordinación y ejecución de las acciones del control oficial de sustancias contaminantes y/o residuales en la acuicultura hasta la entrega de los resultados a los operadores y la toma de decisiones respecto a las mercancías sujetas al presente control oficial.
“Como parte de las sustancias contaminantes dentro del alcance del presente procedimiento, se encuentran los metales pesados, compuestos organoclorados, micotoxinas y sustancias prohibidas en acuicultura y, para el caso de las sustancias residuales, se considera las de medicamentos veterinarios de uso en acuicultura”, informó Marchán.
Programa de control de peces y crustáceos
En el marco de la planificación de las actividades de fiscalización sanitaria, Sanipes realiza el control oficial sobre los centros de producción acuícola (CPA) de peces y crustáceos habilitados sanitariamente, como mínimo una vez al año; determinando también el tamaño de muestra a ser obtenida durante su ejecución, en base a los volúmenes anuales de cosecha de los recursos mencionados procedentes de la acuicultura a escala nacional.
Los centros de cultivo se muestrean en función a volúmenes de cosecha anual, declaración de uso de medicamentos veterinarios durante la cría debido a alguna enfermedad presente, resultados positivos en autocontroles o controles anteriores, zona histórica de contaminación química de origen agrícola, minera y/o industrial, y alertas sanitarias.
El control oficial se realiza en especies de peces cultivados, tales como trucha, tilapia, gamitana, paiche y paco, y en especies de crustáceos cultivados como el langostino blanco.
Sanipes, además de verificar los criterios sanitarios de inocuidad para el mercado nacional, también ejecuta el control oficial verificando los requerimientos sanitarios establecidos en la normativa sanitaria de los países destino a los cuales los productores de los CPA proveen los productos hidrobiológicos.
Para más precisiones pueden revisar los documentos de Resolución de Presidencia Ejecutiva y el PROT-001-2022-Sanipes-DFS-PM-03-01 en la página web institucional.
FUENTE: Andina