El coronavirus ha impactado a todos por igual. Desde lo social hasta las relaciones económicas, la pandemia modificó la manera de relacionarnos, escenario en el cual el mundo pesquero también está inmerso.
La pandemia del covid-19 está provocando cambios -a corto y largo plazo- en las relaciones entre las exportadoras, aseguradoras y navieras. Por ello, es necesario que los agroexportadores tomen ciertos resguardos y estén atentos a diversos factores, que durante y después del escenario que enfrenta el mundo hoy, puedan generar eventuales problemas o contratiempos en futuras negociaciones o envíos.
La relación con las navieras
Alrededor del mundo, algunas navieras ya anunciaron un alza en el valor de los fletes para los exportadores, ya que naturalmente la frecuencia de viajes entre un puerto y otro ha disminuido, lo anterior derivado de una caída en la demanda de productos agrícolas, producto de la recesión que afecta al mundo, que ha reducido el poder adquisitivo de los clientes finales, lo cual impacta naturalmente en la cantidad de productos agrícolas pedidos por los mayoristas en los puertos de destino y también su valor de venta .
Dado lo anterior, es probable que las navieras decidan disminuir la frecuencia de salidas en algunas rutas. También es muy probable que, estando la carga ya embarcada e iniciado el transporte marítimo, decidan eliminar intempestivamente alguna escala anunciada con anterioridad, con el fin de evitar algún puerto que pudiera verse afectado en sus operaciones normales con motivo de restricciones o limitaciones producto de la pandemia.
Producto de estos mismos cierres por causa del Covid-19, es probable que los retrasos aumenten, ya sea al zarpe o al arribo a un puerto. Además, no se debe descartar una muy probable ralentización de las operaciones portuarias, lo que traerá consigo una demora en la descarga de contenedores e incluso atochamientos en el patio de contenedores, tal como sucedió en China a principios de año.
Por otra parte, la aplicación de posibles nuevas cuarentenas significará también probables cambios en los puertos de destino, lo que generaría que la nave deba modificar su curso. La implementación de nuevas medidas fitosanitarias en los puertos que ya están operando, también relentece claramente la descarga de la mercadería.
Todo lo anterior puede derivar en cobros extras por parte de las navieras, como por ejemplo los derivados de detention y demurrage, los que deberán ser cancelados por el exportador, así como daños en la carga producto de los retrasos en los zarpes y arribos del transporte marítimo.
En relación a los seguros de transporte, es preferible que las exportadoras negocien o renueven pólizas ya contratadas en vez de adquirir otras nuevas, a menos que el cambio de las condiciones pactadas anteriormente sea perjudicial para los intereses del agroexportador. Es necesario tener en cuenta que las renovaciones de las pólizas de seguro podrían traer aparejadas la eliminación de cláusulas de indemnización de daño por retraso o el aumento en el número de días en lo que se entenderá por «retraso».
Por ejemplo, si lo habitual es que los seguros estipulen que un “retraso” se produce cuando la nave se tarda más de 3 días en arribar a su puerto de destino, bajo las nuevas condiciones tal plazo podría aumentar. También podría darse un aumento en los deducibles de las cláusulas de indemnización por retraso o, incluso, tal cláusula podría venderse como una cobertura adicional, lo que obligaría al agro exportador a tener que pagar una prima adicional por tal cobertura.
En relación a la presentación de siniestros ante las aseguradoras por parte del agro exportador que ha sufrido algún perjuicio económico derivado de algún inconveniente originado por la pandemia, es bastante seguro que casi la totalidad serán rechazados, aduciendo que tales hechos dañosos tienen su origen en fuerza mayor y/o un acto de autoridad (aduanera, sanitaria, etc)., lo cual no significa necesariamente que tal siniestro y/o reclamo no pueda presentarse directamente a la naviera ya que todo caso es distinto, y el resultado exitoso (consistente en una indemnización directa por parte de la naviera al exportador) dependerá sobretodo de todos las circunstancias especiales que rodearon al siniestro.
Consejos
Una de las mejores maneras de evitar sorpresas en el transporte marítimo es negociar “contratos de embarque” directamente con las navieras o a través de un freight forwarder. Dichos contratos, a cambio de que el agroexportador prometa embarcar una cantidad determinada de contenedores durante la vigencia del contrato, la naviera otorgará al agro exportador la tranquilidad de tener reservas de espacio garantizadas para sus contenedores y en las fechas en que se necesite.
Otra recomendación es, en lo posible, no enviar los bills of lading -documento que también se conoce como “conocimiento de embarque”- al consignatario o recibidor antes de haber recibido el precio firme total o mínimo garantizado. Esto se debe a la posibilidad cierta de posibles incumplimientos contractuales por parte del importador o consignatario, derivados de una mala situación económica producto de la pandemia.
FUENTE: Araya & Cía Abogados